La Sociedad mayoritariamente reclama una Ley sobre la Eutanasia y el Suicidio asistido.

Por Gloria Cavanna

Libres hasta el final

El Dr. Luis Montes, Presidente de la federación por el Derecho a una Muerte Digna, cerró el ciclo que trimestralmente viene desarrollando en la AV Valle–Inclán de Prosperidad. Esta vez fue sobre el debate fallido en el Parlamento respecto a la Ley sobre Eutanasia y Suicidio asistido.

El pasado mes de marzo, el Pleno del Congreso rechazó tomar en consideración la Ley Orgánica sobre la Eutanasia y suicidio asistido, que había presentado el grupo parlamentario UP-ECP-EM. Los debates se inician al presentar un proyecto de ley, después viene la aritmética parlamentaria. En este caso lo que estaba en juego no era aprobarla, solo debatirla.

Las razones de la exposición de motivos al presentar la ley son varias, principalmente el apoyo masivo de la ciudadanía para que se despenalice la eutanasia y el suicidio asistido.

Así como romper el paternalismo de la relación médico-paciente y calificar el apoyo médico a morir dignamente, a cuidados reiteradamente realizados y reclamados en el tiempo como buenas prácticas médicas, con seguridad jurídica para los profesionales. La ley modifica el Código Penal en su artículo 143.

El proyecto de Ley es extremadamente riguroso en cuanto a los requisitos exigidos. Se trata de procesos para personas competentes, para personas no competentes tiene que constar en su testamento vital.

Ha de ser mayor de 18 años, estar en fase de enfermedad terminal que conlleve un sufrimiento físico o psíquico insoportable. Tiene que haber una petición reiterada por parte del paciente, que desde la primera vez que lo reclame hayan pasado dos semanas , (salvo procesos agudos previsiblemente cortos); la segunda vez tiene que ser por escrito.

Todas las relaciones han de darse entre médico y paciente.

El médico ha de constatar que se trata de una enfermedad terminal que conlleva un sufrimiento insoportable para el enfermo. Ha de informar al paciente de su situación, de las alternativas posibles de tratamiento. Si considera que no reúne las condiciones debe decírselo al paciente. El médico tiene la obligación de informar a los familiares de las decisiones tomadas por el enfermo.

Ante la objeción de conciencia del médico, tiene que comunicarselo al paciente primero y después a la organización en donde está el equipo asistencial, que ha de buscar a un médico que lo pueda suplir. Las personas pueden objetar, no así las instituciones.

La Ley prevee la creación de una Comisión de Garantías a nivel Autonómico y Nacional.

El médico responsable, ha de firmar toda la documentación que debe de estar avalada por un segundo médico especialista en la misma enfermedad de la que se trate y a poder ser de otra Autonomía, y en ningún caso con relaciones de familia. Ante la falta de acuerdo, tanto el médico, como el paciente pueden acudir a la Comisión Autonómica.

l certificado será de muerte por enfermedad natural. Hay que informar a la Comisión Autonómica de la muerte por eutanasia activa, que a su vez enviará un informe anual a la Comisión Estatal.

Lo más significativo del debate en la Asociación de Vecinos Valle Inclán Prosperidad, fue la posibilidad de tener un espacio en dónde se pueda hablar de estos temas, tener acceso a la información necesaria, poder tratarlos en situaciones saludables y que en general, son tabú para cada uno y la mayoría de la población, así lo expresaron y agradecieron al Dr. Montes y a DMD, en cuya página eutanasia.ws se puede entrar para una mayor información.